GUÍA PRÁCTICA · AUTÓNOMOS

Gastos deducibles: qué puedes incluir y qué debes justificar.

Tener una factura no significa que todo sea deducible. Te explicamos los gastos más habituales y por qué IRPF e IVA deben revisarse por separado.

DOCUMENTOS · GASTOS · IMPUESTOS
01FACTURA
02ACTIVIDAD
03REGISTRO
Tres comprobaciones antes de deducir

UNA DIFERENCIA FUNDAMENTAL

IRPF e IVA no son lo mismo.

IRPF

Gasto deducible

Reduce el rendimiento de la actividad cuando cumple los requisitos fiscales aplicables, incluyendo las reglas de afectación, justificación e imputación.

IVA

Cuota soportada deducible

Depende de que la operación dé derecho a deducción y de los requisitos específicos de afectación, documentación y registro del IVA.

Un gasto puede ser deducible en IRPF y tener un tratamiento diferente en IVA. La deducción no es automática por disponer de factura.

SEIS GRUPOS DE GASTOS

Qué revisar antes de incluirlos.

01

Material y herramientas

Pueden deducirse si están vinculados a la actividad, justificados y registrados. Los bienes de inversión pueden requerir amortización.

02

Vehículo y combustible

IRPF e IVA tienen reglas distintas. En IVA puede operar la presunción del 50 % para determinados vehículos, previa acreditación de uso profesional.

03

Trabajar desde casa

En IRPF, para suministros, regla general del 30 % sobre la proporción de metros afectos, salvo prueba de otro porcentaje.

04

Manutención

Gastos del titular vinculados a la actividad, en hostelería, pagados electrónicamente y sujetos a límites diarios.

05

Seguros y cuotas

Las primas de seguro de enfermedad del titular y familiares previstos por ley tienen límites; revisar también cuotas y otras coberturas.

06

Servicios y formación

Asesoramiento, programas y formación pueden ser deducibles si responden a la actividad y cumplen los requisitos.

EJEMPLOS PRÁCTICOS

Las cifras necesitan contexto.

6 %

Suministros de vivienda

Si se afecta el 20 % de la superficie, el 30 % de esa proporción equivale al 6 % de los suministros, conforme a la regla general de IRPF y salvo prueba de otro porcentaje. No es una regla automática para IVA.

50 %

Vehículo en IVA

Presunción general de afectación de determinados turismos, siempre que se acredite uso empresarial o profesional. No se aplica automáticamente al IRPF.

500 €

Seguro de enfermedad

Límite por persona cubierta que cumpla los requisitos en estimación directa; 1.500 € por persona con discapacidad. Incluye titular, cónyuge e hijos menores de 25 años convivientes, según la norma.

MANUTENCIÓN DEL TITULAR

Comer fuera no basta para deducir.

El gasto debe estar vinculado a la actividad, producirse en restauración u hostelería y pagarse por un medio electrónico. Los límites diarios son máximos, no importes deducibles automáticos.

SituaciónEspañaExtranjero
Sin pernocta26,67 €48,08 €
Con pernocta*53,34 €91,35 €

*Pernocta en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y de residencia. Ver condiciones completas en la AEAT.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos dudas habituales.

¿Con una factura ya puedo deducir un gasto?

No. Hay que comprobar relación con la actividad, justificación, registro y normas de cada impuesto.

¿Puedo deducirme siempre el 50 % del coche?

No. La presunción del IVA requiere uso en la actividad y no se traslada automáticamente al IRPF.

¿Puedo deducir gastos de mi vivienda?

Depende de la afectación de la vivienda, de la naturaleza del gasto y del impuesto. Para suministros en IRPF existe una regla específica.

¿Qué ocurre si tributo en módulos?

La determinación del rendimiento sigue reglas diferentes de la estimación directa; esta guía no supone que puedas deducir individualmente todos estos gastos.

FUENTES OFICIALES

Referencias para comprobar cada criterio.

Guía orientativa, centrada en estimación directa y normativa estatal. La aplicación concreta depende de la actividad, el régimen fiscal y la documentación.

FINANPRÓ · MÁLAGA Y ONLINE

Revisamos tus gastos con criterio fiscal.

Analizamos la documentación y el tratamiento que corresponda a tu situación, sin aplicar porcentajes genéricos.

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